1. ¿Qué es un Reconocimiento de proyecto cinematográfico?

El proyecto cinematográfico es una propuesta escrita para la producción de una obra cinematográfica, que incluye guión, presupuesto, plan de financiamiento y cronograma de realización, entre otros documentos. Asimismo, puede ser una propuesta escrita para la realización de otras acciones de desarrollo, promoción, formación o gestión cultural vinculadas a la cinematografía. En ese sentido, el reconocimiento tiene como finalidad validar el cumplimiento de dichas condiciones y el tipo de proyecto, a efectos de poder acceder a los mecanismos de la citada norma.  

 

2. ¿En cuánto tiempo se obtiene el Reconocimiento de proyecto?

El proceso de reconocimiento e inscripción en el RENCA puede durar hasta treinta (30) días hábiles culminando con la emisión de una Resolución Directoral de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios. 

En caso no se decida el reconocimiento en el plazo mencionado, la solicitud deberá entenderse rechazada, sin perjuicio del derecho del administrador de presentarla nuevamente.

 

3. ¿Cuánto tiempo dura el Reconocimiento de proyecto?

El reconocimiento y su inscripción en el RENCA tiene un plazo de vigencia de cinco (5) años. Sin perjuicio de ello, durante la vigencia del reconocimiento e inscripción, la persona natural o jurídica tiene la obligación de mantener la información actualizada del proyecto, para efectos de acceder a los estímulos y apoyos económicos, así como a los otros mecanismos de fomento de la presente norma.

 

4. ¿Por qué es importante obtener el reconocimiento en el RENCA?

En el reconocimiento de proyectos por parte del Ministerio de Cultura otorga los siguientes beneficios:

  • Según lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 022-2019,  los proyectos reconocidos en el RENCA, en los que el titular sea una asociación sin fines de lucro cuyo instrumento de constitución comprenda exclusivamente fines culturales, pueden recibir apoyos económicos a través de una o más donaciones que facilitarán su realización.
  • Para proyectos de coproducción, el reconocimiento es un requisito para la participación en programas de ayuda financiera, como por ejemplo, el programa Ibermedia.

 

5. ¿Qué tipo de proyectos se pueden inscribir en el RENCA?

Pueden solicitar el reconocimiento e inscripción  en el RENCA los proyectos de realización de obra cinematográfica que involucran las distintas etapas de producción (desarrollo, preproducción, producción, postproducción, distribución, exhibición, etc.), así como proyectos de gestión cultural u otras acciones de desarrollo, promoción o formación vinculadas a la cinematografía.

 

6. ¿Qué información debo presentar para recibir el Reconocimiento de proyecto?

Puede ver los requisitos para el Reconocimiento del proyecto, de modo referencial, descargando el documento del formulario de solicitud.

En caso de proyectos de coproducción, para mayor información puede descargar el instructivo para la elaboración de Contratos de coproducción y  una lista de verificación de los requisitos a cumplir.

 

7. ¿Cuál es el procedimiento en caso se requiera una modificación o actualización de un Reconocimiento de proyecto?

Para realizar una modificación y/o actualización  de un proyecto cinematográfico que ya cuenta con reconocimiento e inscripción en el RENCA, la empresa cinematográfica titular de la solicitud debe realizarlo a través de la Plataforma Virtual de Trámites del Ministerio de Cultura ingresando al siguiente enlace: https://plataformamincu.cultura.gob.pe/administrados.

Una vez dentro de la plataforma, debe seleccionar la opción “Solicitud de Modificación o Actualización”.

Antes de realizar la edición correspondiente, debe tomar en cuenta que su solicitud podría pasar a uno de los siguientes estados dependiendo de los ítems que edite:

ACTUALIZADO: En caso realice cambios no esenciales al proyecto

      • Datos de contacto.
      • Personal técnico y artístico 
      • Cronograma de actividades
      • Plan de producción y rodaje

MODIFICADO*: En caso se realicen modificaciones en materia, alcance y objeto que impliquen una variación substancial del proyecto.

      • Título del proyecto
      • Tipo de proyecto y categoría
      • Empresas coproductoras, contrato de coproducción, aportaciones y porcentajes
      • Personal creativo: director(es), autor(es) o guionista(s), compositor(es) y/o creador(es) del concepto artístico
      • Personal técnico y artístico en caso altere los porcentajes de nacionalidad y que genere incoherencia con el contrato de coproducción 
      • Cronograma de actividades, fecha de inicio de rodaje y plan de producción y rodaje que genere incoherencia con el contrato de coproducción
      • Presupuesto y plan de Financiamiento 
      • Guion o tratamiento, y Propuesta de realización y formulación del Proyecto

(*) En caso de Modificación, deberá ingresar el sustento de la modificación en el ítem Información adicional.

Luego de editar los ítems que considere necesarios y seleccione “Enviar”, su solicitud de   Actualización o Modificación será enviada.

En caso haya editado ítem de tipo Actualización, su solicitud será procesada automáticamente, pasando a estado ACTUALIZADO

Por otro lado, si ha editado ítems de tipo Modificación, su solicitud entrará a un proceso de revisión de dichas modificaciones. El proceso tiene el mismo plazo de atención de una nueva solicitud, donde se podrán notificar las observaciones encontradas. Dichas observaciones serán notificadas a través de la Casilla y el correo electrónico. De no ser subsanadas dentro del plazo máximo mencionado, la solicitud deberá de entenderse por rechazada, sin perjuicio del derecho del administrado de presentarla nuevamente.

¿Cómo puedo realizar consultas sobre el estado de mi solicitud de reconocimiento en el  RENCA? 

Teléfono: (01) 6189393 Anexo 3505

Correo electrónico: renca.dafo@cultura.gob.pe.