“Para efectos de la interpretación del artículo 2.2 del documento denominado CONVOCATORIA Y BASES DEL CONCURSO DE OBRAS CINEMATOGRAFICAS PERUANAS INDEPENDIENTES Y EXPERIMENTALES – 2012 debe entenderse que como es la primera vez que se realiza el presente concurso no existe restricción para poder participar en el mismo, dado que el artículo sólo restringe a aquellas obras y proyectos que se han presentado a dicho concurso”.
Esto mientras está en proceso la Resolución Viceministerial que hará efectiva la fe de erratas de dicha convocatoria y bases.
Atentamente,
Dirección de Industrias Culturales
1 comentario