Foto: Rodaje de la película Willaq Pirqa, del director César Galindo
Con la aprobación del reglamento entran en vigencia todos los artículos del Decreto de Urgencia 022-2019, actual marco normativo que busca contribuir al desarrollo integral, sostenido e inclusivo de la actividad cinematográfica y audiovisual peruana.
Con el objetivo de promover la actividad cinematográfica y audiovisual, se publicó el Decreto Supremo 017-2020 que aprueba el Reglamento del Decreto de Urgencia 022-2019, con la finalidad de garantizar la transparencia en la aplicación de los mecanismos de fomento del audiovisual, establecer procedimientos administrativos, detallar definiciones y los alcances del DU 022-2019.
Cabe recordar que el Decreto de Urgencia 022-2019 fue aprobado el pasado 9 de diciembre del año 2019, constituyéndose así en la norma vigente en materia de fomento de la actividad cinematográfica y el audiovisual a nivel nacional. Sin embargo, la vigencia de algunos artículos estaba sujeta a su reglamentación. Estos incluyen, entre otros, las disposiciones relativas a los mecanismos de participación ciudadana para la determinación de las líneas de fomento, la forma de acceder a apoyos económicos provenientes de donaciones para la actividad cinematográfica, así como el procedimiento de supervisión, fiscalización y sanción para asegurar el cumplimiento de la norma.
El proyecto de reglamento fue objeto de diversos procesos de consulta, incluyendo reuniones de trabajo con representantes de más de doce gremios y asociaciones especializadas del país. Asimismo, se llevaron a cabo sesiones abiertas de diálogo y se prepublicó el texto del Reglamento del Decreto de Urgencia 022-2019, con el objetivo de recibir comentarios y aportes de la ciudadanía.
Las disposiciones del reglamento incluyen, entre otras, los procedimientos para el reconocimiento y registro de personas naturales y jurídicas del sector audiovisual, así como de los proyectos cinematográficos susceptibles de recibir apoyos económicos provenientes de donaciones.
También explica los incentivos fiscales para las personas naturales y jurídicas que donen a la ejecución de proyectos cinematográficos reconocidos por el Ministerio de Cultura, y el proceso para la aceptación de dichas donaciones.
Sobre los estímulos económicos brindados por el sector Cultura, se indican las etapas, procesos de evaluación, derechos y obligaciones de los beneficiarios y el ministerio, aprobación de bases, entre otros aspectos.
También, se señalan las condiciones mínimas para la exhibición comercial y estreno de obras cinematográficas.
De otro lado, cabe destacar que el reglamento desarrolla la aplicación de acciones afirmativas a favor de la descentralización de la actividad cinematográfica y audiovisual, a través del fomento de proyectos impulsados desde las distintas regiones del país, así como el desarrollo del cine indígena. También fomenta acciones a favor de la equidad y paridad de género en los procesos que conduce o supervisa el Ministerio de Cultura relativos a la actividad audiovisual.
Puedes revisar el documento completo en el siguiente enlace: Reglamento del D.U. 022-2019
El sector del cine y el audiovisual
Además de proyectos cinematográficos, el Decreto de Urgencia 022-2019 y su reglamento cubren la producción audiovisual, como series de televisión, contenidos para medios digitales, festivales, acciones de formación y el rescate del patrimonio audiovisual. Para ello, se establece una asignación presupuestal anual mínima de 6000 UIT que reduce la brecha que mantenía el Perú con respecto a la inversión pública de otros países de la región como Colombia y Chile. Cabe señalar que con la Ley anterior (N° 26370) el presupuesto para fomentar la actividad cinematográfica y audiovisual era de 2008 UIT al año.
Finalmente, faculta al Instituto de Radio y Televisión del Perú para coproducir y colaborar con la producción independiente, y se adapta nuestra legislación a las necesidades de la coproducción internacional.