¿Quiénes pueden obtener el reconocimiento como persona jurídica?

Pueden obtener el reconocimiento como persona jurídica, las personas que participan en las siguientes actividades cinematográficas y audiovisuales:

 

  • Pueden obtener el reconocimiento las Personas jurídicas, con o sin fines de lucro, que se dedican a actividades vinculadas a la cinematografía y el audiovisual, tales como: las empresas productoras, empresas exhibidoras, empresas distribuidoras, empresas de formación, empresas de servicios, asociaciones culturales, asociaciones civiles, organizaciones sindicales u otras, cuyo objeto social incluya la actividad cinematográfica o audiovisual, caso contrario adjuntar el sustento de acuerdo a la especialidad que solicita el reconocimiento.

 


Preguntas Frecuentes

  1. ¿Una persona jurídica extranjera puede solicitar su reconocimiento en el RENCA?
    Si, en el caso de Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX) se requiere además, copia de los estatutos en los que consten sus fines culturales, visado por la representación diplomática peruana, de ser el caso, con traducción al castellano.
  2. ¿En cuánto tiempo obtengo el reconocimiento en el RENCA?
    El proceso de reconocimiento e inscripción en el RENCA puede durar hasta treinta (30) días hábiles culminando con la emisión de una Resolución Directoral de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios. En caso no se decida el reconocimiento en el plazo mencionado, la solicitud deberá entenderse rechazada, sin perjuicio del derecho del administrador de presentarla nuevamente.
  3. ¿Cuánto tiempo de vigencia tiene mi reconocimiento en el RENCA?
    El reconocimiento y su inscripción como  persona jurídica en el RENCA  tienen un plazo de vigencia de 5 años. Sin perjuicio de ello, durante la vigencia del reconocimiento la persona jurídica tiene la obligación de mantener la información actualizada para efectos de acceder a los estímulos y apoyos económicos, así como a los otros mecanismos de fomento de la presente norma.
  4. ¿Cuál es el procedimiento en caso se requiera una modificación o actualización de un Reconocimiento de persona jurídica?
    Para realizar una modificación y/o actualización de un reconocimiento como  persona jurídica que ya cuenta con reconocimiento e inscripción en el RENCA, podrá realizarlo a través de la Plataforma Virtual de Trámites del Ministerio de Cultura ingresando al siguiente enlace: https://plataformamincu.cultura.gob.pe/administrados.
    Una vez en  la plataforma, deberá seleccionar “Solicitud de Modificación o Actualización” en la opción “Editar”, tal como muestra la imagen.

Inmediatamente, aparecerá un mensaje donde se detallan las implicancias de ambas opciones de edición: Actualización o Modificación, las cuales debe tomar en consideración antes de realizar la edición correspondiente. 

En ese sentido, debe tener en cuenta, que su solicitud podría pasar a uno de los siguientes estados dependiendo de los ítems que edite:

ACTUALIZADO: En caso realice cambios no esenciales.

– Datos de contacto.


MODIFICADO*: En caso se realicen modificaciones en la especialidad reconocida y/o solicite el reconocimiento en una nueva especialidad.

(*) En caso de Modificación, deberá ingresar el sustento. También  podrá hacerlo a través del  ítem Información adicional.

Luego de editar los ítems que considere necesarios y seleccionar “Enviar”, su solicitud de Actualización o Modificación será enviada.

En caso haya editado ítem de tipo Actualización, su solicitud será procesada automáticamente, pasando a estado ACTUALIZADO. 

Por otro lado, si ha editado ítems de tipo Modificación, su solicitud entrará a un proceso de revisión de dichas modificaciones. El proceso tiene el mismo plazo de atención de una nueva solicitud, donde se podrán notificar las observaciones encontradas. Dichas observaciones serán notificadas a través de la Casilla y el correo electrónico. De no ser subsanadas dentro del plazo máximo mencionado, la solicitud deberá de entenderse por rechazada, sin perjuicio del derecho del administrado de presentarla nuevamente.

 

 

5. ¿Cómo puedo realizar consultas sobre mi solicitud de reconocimiento en el RENCA?

Para consultas sobre el RENCA puede comunicarse al (01) 6189393, marcando el siguiente anexo:

3500 : Reconocimiento de Persona Jurídica.

Correo electrónico: renca.dafo@cultura.gob.pe.