¿Quiénes pueden obtener el reconocimiento e inscripción como persona jurídica?

Pueden obtener el reconocimiento e inscripción las Personas jurídicas, con o sin fines de lucro, que se dedican a actividades vinculadas a la cinematografía y el audiovisual, tales como: las empresas productoras, empresas exhibidoras, empresas distribuidoras, empresas de formación, empresas de servicios, asociaciones culturales, asociaciones civiles, organizaciones sindicales u otras, cuyo objeto social incluya la actividad cinematográfica o audiovisual, caso contrario adjuntar el sustento de acuerdo a la especialidad que solicita el reconocimiento.

¿Cuál es el procedimiento que debe de cumplir la Persona Jurídica para obtener el reconocimiento e inscripción en el RENCA?

Para solicitar el reconocimiento e inscripción como persona jurídica en el RENCA deberá de seguir los siguientes pasos:

  1. Crea tu cuenta en la plataforma virtual de atención a la ciudadanía del Ministerio de Cultura https://plataformamincu.cultura.gob.pe/AccesoVirtual/ , si aún no cuentas con una. Al crear tu usuario, aceptas recibir en tu casilla electrónica las notificaciones correspondientes al trámite.

Asimismo, en cumplimiento con el Reglamento del Decreto de Urgencia Nº 022-2019 Decreto de Urgencia que Promueve la Actividad Cinematográfica y Audiovisual, deberá de cumplir con:

  • Ingresar la información que se solicita en la plataforma “Reconocimiento como Persona Jurídica”, adjuntar el sustento por cada especialidad que solicite el reconocimiento e inscripción, estas deben de evidenciar que actividades que realiza esté vinculada a la cinematografía y/o audiovisual, y luego envía tu solicitud.
  • Adjuntar la vigencia de poder de la persona jurídica. Debe de tener una vigencia no mayor a noventa (90) días calendarios a la fecha de presentación de la solicitud.

¿En cuánto tiempo se obtiene el reconocimiento e inscripción como persona jurídica en el RENCA?

El proceso de reconocimiento e inscripción en el RENCA puede durar hasta treinta (30) días hábiles culminando con la emisión de una Resolución Directoral de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios. En caso no se decida el reconocimiento en el plazo mencionado, la solicitud deberá entenderse rechazada, sin perjuicio del derecho del administrado de presentarla nuevamente.

¿Cuánto tiempo de vigencia tiene el reconocimiento e inscripción en el RENCA?

El reconocimiento y su inscripción como persona jurídica en el RENCA tienen un plazo de vigencia de 5 años. Sin perjuicio de ello, durante la vigencia del reconocimiento la persona jurídica tiene la obligación de mantener la información actualizada para efectos de acceder a los estímulos y apoyos económicos, así como a los otros mecanismos de fomento de la presente norma.

¿Cuál es el procedimiento en caso se requiera una modificación o actualización de un Reconocimiento e inscripción de persona jurídica?

Para realizar una modificación y/o actualización de la información de una persona jurídica que ya cuenta con reconocimiento e inscripción en el RENCA, podrá realizarlo a través de la Plataforma Virtual de Trámites del Ministerio de Cultura ingresando al siguiente enlace: https://plataformamincu.cultura.gob.pe/AccesoVirtual

Una vez en la plataforma, deberá seleccionar “Solicitud de Modificación o Actualización” en la opción “Editar”, tal como muestra la imagen.

Inmediatamente, aparecerá un mensaje donde se detallan las implicancias de ambas opciones de edición: Actualización o Modificación, las cuales debe tomar en consideración antes de realizar la edición correspondiente. 

En ese sentido, debe tener en cuenta, que su solicitud podría pasar a uno de los siguientes estados dependiendo de los ítems que edite:

ACTUALIZADO: En caso realice cambios no esenciales.

– Datos de contacto.


MODIFICADO*: En caso se realicen modificaciones en los datos del Representante legal, la especialidad y solicite el reconocimiento en una nueva.

(*) En caso de Modificación, deberá ingresar el sustento. También  podrá hacerlo a través del  ítem Información adicional.

Luego de editar los ítems que considere necesarios y seleccionar “Enviar”, su solicitud de Actualización o Modificación será enviada.

En caso haya editado ítem de tipo Actualización, su solicitud será procesada automáticamente, pasando a estado ACTUALIZADO

Por otro lado, si ha editado ítems de tipo Modificación, su solicitud entrará a un proceso de revisión de dichas modificaciones. El proceso tiene el mismo plazo de atención de una nueva solicitud, donde se podrán notificar las observaciones encontradas. Dichas observaciones serán notificadas a través de la Casilla electrónica y el correo electrónico. De no ser subsanadas dentro del plazo máximo mencionado, la solicitud deberá de entenderse por rechazada, sin perjuicio del derecho del administrado de presentarla nuevamente.

¿Cómo puedo realizar consultas sobre el estado de mi solicitud de reconocimiento e inscripción en el RENCA?

Para consultas sobre el RENCA puede comunicarse al (01) 6189393, marcando el siguiente anexo:

3500 : Reconocimiento e inscripción de Persona Jurídica.

Correo electrónico: renca.dafo@cultura.gob.pe.